Tambien hemos redactado las hojas de firmas y hemos puesto una mesa para que la gente pueda firmar con los siguientes puntos.
PRIMER PLENO ORDINARIO QUE SE CELEBRE TRAS LA TOMA DE POSESIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN Y CONSTITUCIÓN DEL SOLICITAMOS AL EXCMO. SR ALCALDE INCLUYA EN EL ORDEN DEL DÍA DEL AYUNTAMIENTO PLENO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN POR LOS MIEMBROS DEL PLENO, LOS SIGUIENTES PUNTOS:
1º.- Que se modifique el artículo 231 del ROF del Excmo. Ayuntamiento de Hellín para que los ciudadanos y ciudadanas del Municipio, puedan presentar directamente mociones para su debate y votación en los Plenos Ordinarios para su aprobación.
2º.- Que vuelvan a ponerse en funcionamiento los Consejos Sectoriales municipales de Sanidad, de Urbanismo, Educación, Asuntos Sociales, Participación ciudadana, Medio Ambiente, Cultura; y se creen Consejos Nuevos de Economía y Hacienda (de Presupuestos).
3º.- Que se hagan públicos, a través de la prensa local, tablón de anuncios, página web del Ayuntamiento, o en un lugar de acceso directo y fácil para todos los interesados:
- Los Presupuestos anuales
- El contenido de los asuntos del Orden del Día de cada Pleno
- Las Actas de los Plenos, aprobadas
- Las declaraciones de bienes de los miembros de las Corporaciones
- Los sueldos y dietas de los miembros de las Corporaciones
- En caso de realizarse auditorías, que se haga público el resultado de las mismas.
4º.- Que a nivel local se elabore un código ético de conducta de los cargos electos o de existir alguno que se revise profundamente para su actualización y se aplique estrictamente.
5º.- Que el salario de los representantes electos liberados sea el mismo que el que percibían en sus puestos de trabajos anteriores a la toma de posesión; o el salario mínimo interprofesional, si antes de la toma de posesión no hubieran tenido trabajo.
6º.- Asignar una cantidad máxima mensual fija de dinero para la asistencia a todos los plenos y comisiones, sean ordinarios, extraordinarios o urgentes, que puede estar entre 200-300 € máx./mes
7º.- No se nombrarán cargos de libre designación ya que esas funciones pueden ser desempañadas por los técnicos funcionarios del Ayuntamiento o cubiertas por los recursos que se asignen a los grupos políticos municipales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario